- Direccin de Gabinete y Comunicacin
Direccin de Gabinete y Comunicacin
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educacin
REAS / FUNCIONES
Bajo la dependencia orgnica del Consejero o Consejera, a la Direccin de Gabinete y Comunicacin le corresponde, adems de las funciones que con carcter general le atribuye el presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones:
- Planificacin y seguimiento del programa de trabajo del Consejero o Consejera y su coordinacin con las diferentes reas del Departamento.
- Ser el rgano de relacin del Departamento, en las reas de su competencia, con el resto de los Departamentos; as como con los rganos de coordinacin interdepartamental constituidos en relacin a dicho mbito material.
- Coordinacin del protocolo y organizacin de los actos pblicos y las actividades externas del Departamento, as como de los Congresos, Seminarios, Jornadas, y Conferencias promovidos por aquel.
- Interlocucin del Departamento con el Parlamento Vasco, el Ararteko y dems Organismos e Instituciones de la Comunidad Autnoma del Pas Vasco y del Estado, en coordinacin y sin perjuicio de las competencias que ostentan otros rganos y Departamentos del Gobierno Vasco.
- La ejecucin de las medidas de coordinacin, en materias cuya competencia corresponda al Departamento, para desarrollar la intervencin del Gobierno Vasco en la elaboracin y aplicacin de la normativa y de las polticas de la Unin Europea, canalizando la tramitacin de los asuntos y relaciones de los rganos del Departamento con las instituciones comunitarias a travs del rgano competente de Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno.
- Coordinacin y atencin, a travs del rgano competente de Lehendakaritza-Presidencia del Gobierno, de las actuaciones que al Departamento correspondan en relacin con otras Administraciones Pblicas.
- Coordinar la poltica de comunicacin del Departamento y, en este sentido, desarrollar y atender las relaciones con los medios de comunicacin social para facilitar la difusin y divulgacin de las actividades, decisiones y polticas vinculadas al Departamento.
- Coordinacin de las funciones de informacin general a la ciudadana y la recepcin de quejas y sugerencias en relacin con las reas de actuacin departamentales.
- La gestin de los servicios de documentacin y bases documentales, as como el seguimiento y coordinacin de las publicaciones del Departamento, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Departamento competente del Servicio Central de Publicaciones del Gobierno Vasco.
- Coordinar y hacer el seguimiento de la publicacin activa de informacin, de la respuesta a las solicitudes de derecho de acceso a la informacin pblica y de la apertura de datos pblicos del Departamento en coherencia con la poltica de transparencia.
Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habr un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Direccin de Gabinete del Consejero o Consejera, depender directa y jerrquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educacin:
- Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la direccin.
- Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
- Proponer a los rganos de los que dependan los planes o programas de actuacin en las materias atribuidas a su competencia.
- Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las reas atribuidas a su competencia.
- La contratacin, autorizacin y la aprobacin del gasto y el control en la correcta ejecucin de los contratos menores de su rea de actuacin, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposicin Adicional Segunda.
- Definir en su mbito los objetivos del Plan de Normalizacin Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestin integrada del euskera en colaboracin con las jefaturas de servicio de cada direccin; todo ello bajo la coordinacin de la Direccin de Rgimen Jurdico y Servicios en colaboracin con la Viceconsejera de Poltica Lingstica.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurdico vigente o tengan el carcter de comunes por venir atribuidas con carcter general a los Directores y Directoras del Gobierno.
CARGOS
Direccin de Gabinete y Comunicacin
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educacin
REAS / FUNCIONES
Bajo la dependencia orgnica del Consejero o Consejera, a la Direccin de Gabinete y Comunicacin le corresponde, adems de las funciones que con carcter general le atribuye el presente Decreto, el ejercicio de las siguientes funciones:
- Planificacin y seguimiento del programa de trabajo del Consejero o Consejera y su coordinacin con las diferentes reas del Departamento.
- Ser el rgano de relacin del Departamento, en las reas de su competencia, con el resto de los Departamentos; as como con los rganos de coordinacin interdepartamental constituidos en relacin a dicho mbito material.
- Coordinacin del protocolo y organizacin de los actos pblicos y las actividades externas del Departamento, as como de los Congresos, Seminarios, Jornadas, y Conferencias promovidos por aquel.
- Interlocucin del Departamento con el Parlamento Vasco, el Ararteko y dems Organismos e Instituciones de la Comunidad Autnoma del Pas Vasco y del Estado, en coordinacin y sin perjuicio de las competencias que ostentan otros rganos y Departamentos del Gobierno Vasco.
- La ejecucin de las medidas de coordinacin, en materias cuya competencia corresponda al Departamento, para desarrollar la intervencin del Gobierno Vasco en la elaboracin y aplicacin de la normativa y de las polticas de la Unin Europea, canalizando la tramitacin de los asuntos y relaciones de los rganos del Departamento con las instituciones comunitarias a travs del rgano competente de Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno.
- Coordinacin y atencin, a travs del rgano competente de Lehendakaritza-Presidencia del Gobierno, de las actuaciones que al Departamento correspondan en relacin con otras Administraciones Pblicas.
- Coordinar la poltica de comunicacin del Departamento y, en este sentido, desarrollar y atender las relaciones con los medios de comunicacin social para facilitar la difusin y divulgacin de las actividades, decisiones y polticas vinculadas al Departamento.
- Coordinacin de las funciones de informacin general a la ciudadana y la recepcin de quejas y sugerencias en relacin con las reas de actuacin departamentales.
- La gestin de los servicios de documentacin y bases documentales, as como el seguimiento y coordinacin de las publicaciones del Departamento, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Departamento competente del Servicio Central de Publicaciones del Gobierno Vasco.
- Coordinar y hacer el seguimiento de la publicacin activa de informacin, de la respuesta a las solicitudes de derecho de acceso a la informacin pblica y de la apertura de datos pblicos del Departamento en coherencia con la poltica de transparencia.
Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habr un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Direccin de Gabinete del Consejero o Consejera, depender directa y jerrquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educacin:
- Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la direccin.
- Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
- Proponer a los rganos de los que dependan los planes o programas de actuacin en las materias atribuidas a su competencia.
- Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las reas atribuidas a su competencia.
- La contratacin, autorizacin y la aprobacin del gasto y el control en la correcta ejecucin de los contratos menores de su rea de actuacin, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposicin Adicional Segunda.
- Definir en su mbito los objetivos del Plan de Normalizacin Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestin integrada del euskera en colaboracin con las jefaturas de servicio de cada direccin; todo ello bajo la coordinacin de la Direccin de Rgimen Jurdico y Servicios en colaboracin con la Viceconsejera de Poltica Lingstica.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurdico vigente o tengan el carcter de comunes por venir atribuidas con carcter general a los Directores y Directoras del Gobierno.










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