- Direccin de Tecnologa e Innovacin
Direccin de Tecnologa e Innovacin
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Desarrollo Econmico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Viceconsejera de Tecnologa, Innovacin y Transformacin Digital
REAS / FUNCIONES
La Direccin de Tecnologa e Innovacin, adems de las sealadas en el artculo 7 del presente Decreto, realizar las siguientes funciones:
- Proponer las directrices y orientaciones estratgicas de la poltica de competitividad y de la poltica de I+D+i, incluyendo el diseo y desarrollo de los planes de competitividad en lo que se refiere a la mejora de la I+D+i y especficamente, en lo que se refiere a la innovacin empresarial, as como la elaboracin de los informes de seguimiento y evaluacin de estos planes.
- Coordinar la elaboracin de los planes de gestin internos y de los informes de seguimiento de los mismos.
- Ejecutar las medidas de coordinacin necesarias para la elaboracin y aplicacin de las polticas de la Unin Europea, en especial de la poltica de competencia y de la poltica de I+D+i, as como canalizar las relaciones de los rganos del Departamento con las Instituciones de la Unin Europea, sin perjuicio de las competencias que corresponden a otros rganos.
- Elaborar estudios, informes y propuestas de actuaciones encaminadas a disear nuevos instrumentos para la mejora de la I+D+i, incluida la innovacin empresarial en materia organizacional y de negocio y cualesquiera otros en el mbito interinstitucional dentro de las materias de competencia de esta Direccin.
- Elaborar, ejecutar y evaluar programas de actuacin del Departamento en materia de I+D+i, de apoyo y financiacin de proyectos de I+D+i, incluida la innovacin empresarial, organizacional y de negocio.
- Elaborar y desarrollar de planes de sensibilizacin, divulgacin y formacin en materia de innovacin.
- Gestionar los programas derivados del Plan de Ciencia, Tecnologa e Innovacin que corresponden a la Viceconsejera de Tecnologa, Innovacin y Transformacin Digital y coordinar las actividades que deriven de los mismos con los Departamentos afectados.
- Promover y participar en las acciones vinculadas a la creacin e implantacin en el territorio de infraestructuras estratgicas tecnolgicas e innovadoras vinculadas a la poltica de ciencia y tecnologa del Pas Vasco.
- Elaborar y ejecutar programas para el fomento de la creacin y consolidacin de infraestructuras tecnolgicas eficientes al servicio de la mejora de la competitividad industrial.
- Llevar a cabo el anlisis, evaluacin y seguimiento de proyectos de investigacin tecnolgica y de proyectos de innovacin.
- Fomentar la transferencia tecnolgica entre las empresas y las entidades oferentes de tecnologa.
- Apoyar la formacin, captacin y desarrollo de personal investigador.
- Ser rgano de relacin con los Agentes Cientfico Tecnolgicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnologa e Innovacin, as como con los foros de encuentro interinstitucionales en materia de tecnologa e innovacin.
- Gestionar el Registro Pblico de Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnologa e Innovacin.
- Apoyar la consolidacin del Consorcio Cientfico-Tecnolgico Vasco ? Basque Research and Technology Alliance, BRTA.
Artculo 7.? Directoras y Directores del Departamento.
Corresponde a las Directoras y a los Directores del Departamento, bajo la dependencia directa y jerrquica de la Viceconsejera o Viceconsejero correspondiente, o de la Consejera en el caso del Director o Directora de Gabinete y Comunicacin y del Director o Directora de Servicios, el ejercicio de las siguientes atribuciones generales:
- Desarrollar las polticas de gestin pblica correspondientes a sus reas de actuacin, determinando las actuaciones a realizar.
- Desplegar los objetivos asignados a sus reas de actuacin, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros, y estableciendo las correcciones necesarias en la gestin.
- Proponer la organizacin operativa de sus reas de actuacin y definir los sistemas internos de trabajo.
- Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de sus reas de actuacin.
- Coordinar las actuaciones en sus reas de actuacin en relacin con las dems reas, cuando hayan de intervenir varias en un procedimiento.
- Proponer el desarrollo normativo en sus reas de actuacin.
- Proponer la articulacin de subvenciones en materias propias de la Direccin.
- Dictar los actos administrativos correspondientes para la ejecucin de las funciones a ellos atribuidas.
- Iniciar y resolver los expedientes sancionadores relativos a infracciones tipificadas como leves y graves. Les corresponde adems la instruccin de los expedientes sancionadores. Todo ello con
excepcin de los que corresponden a las Delegaciones Territoriales de Administracin Industrial. - Resolver recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Proceder a la gestin, liquidacin, administracin y cobro en periodo voluntario de las tasas y precios pblicos respecto a las actividades o servicios que deban prestar.
- Elaborar dictmenes, informes y estudios en las reas funcionales de la Direccin.
- Resolver las solicitudes del derecho de acceso a la informacin pblica.
- Definir en el rea de su competencia, y en coordinacin con la Direccin de Servicios, los objetivos establecidos en el Plan para la normalizacin del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantacin y evaluacin.
- Definir en su mbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autnoma de Euskadi, as como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestin integrada de las polticas en materia de igualdad de mujeres y hombres, en coordinacin con la Direccin de Servicios.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurdico vigente o tengan el carcter de comunes por venir atribuidas con carcter general a las Directoras y Directores del Gobierno.
CARGOS
ENTIDADES RELACIONADAS
Entidades superiores
Direccin de Tecnologa e Innovacin
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Desarrollo Econmico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Viceconsejera de Tecnologa, Innovacin y Transformacin Digital
REAS / FUNCIONES
La Direccin de Tecnologa e Innovacin, adems de las sealadas en el artculo 7 del presente Decreto, realizar las siguientes funciones:
- Proponer las directrices y orientaciones estratgicas de la poltica de competitividad y de la poltica de I+D+i, incluyendo el diseo y desarrollo de los planes de competitividad en lo que se refiere a la mejora de la I+D+i y especficamente, en lo que se refiere a la innovacin empresarial, as como la elaboracin de los informes de seguimiento y evaluacin de estos planes.
- Coordinar la elaboracin de los planes de gestin internos y de los informes de seguimiento de los mismos.
- Ejecutar las medidas de coordinacin necesarias para la elaboracin y aplicacin de las polticas de la Unin Europea, en especial de la poltica de competencia y de la poltica de I+D+i, as como canalizar las relaciones de los rganos del Departamento con las Instituciones de la Unin Europea, sin perjuicio de las competencias que corresponden a otros rganos.
- Elaborar estudios, informes y propuestas de actuaciones encaminadas a disear nuevos instrumentos para la mejora de la I+D+i, incluida la innovacin empresarial en materia organizacional y de negocio y cualesquiera otros en el mbito interinstitucional dentro de las materias de competencia de esta Direccin.
- Elaborar, ejecutar y evaluar programas de actuacin del Departamento en materia de I+D+i, de apoyo y financiacin de proyectos de I+D+i, incluida la innovacin empresarial, organizacional y de negocio.
- Elaborar y desarrollar de planes de sensibilizacin, divulgacin y formacin en materia de innovacin.
- Gestionar los programas derivados del Plan de Ciencia, Tecnologa e Innovacin que corresponden a la Viceconsejera de Tecnologa, Innovacin y Transformacin Digital y coordinar las actividades que deriven de los mismos con los Departamentos afectados.
- Promover y participar en las acciones vinculadas a la creacin e implantacin en el territorio de infraestructuras estratgicas tecnolgicas e innovadoras vinculadas a la poltica de ciencia y tecnologa del Pas Vasco.
- Elaborar y ejecutar programas para el fomento de la creacin y consolidacin de infraestructuras tecnolgicas eficientes al servicio de la mejora de la competitividad industrial.
- Llevar a cabo el anlisis, evaluacin y seguimiento de proyectos de investigacin tecnolgica y de proyectos de innovacin.
- Fomentar la transferencia tecnolgica entre las empresas y las entidades oferentes de tecnologa.
- Apoyar la formacin, captacin y desarrollo de personal investigador.
- Ser rgano de relacin con los Agentes Cientfico Tecnolgicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnologa e Innovacin, as como con los foros de encuentro interinstitucionales en materia de tecnologa e innovacin.
- Gestionar el Registro Pblico de Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnologa e Innovacin.
- Apoyar la consolidacin del Consorcio Cientfico-Tecnolgico Vasco ? Basque Research and Technology Alliance, BRTA.
Artculo 7.? Directoras y Directores del Departamento.
Corresponde a las Directoras y a los Directores del Departamento, bajo la dependencia directa y jerrquica de la Viceconsejera o Viceconsejero correspondiente, o de la Consejera en el caso del Director o Directora de Gabinete y Comunicacin y del Director o Directora de Servicios, el ejercicio de las siguientes atribuciones generales:
- Desarrollar las polticas de gestin pblica correspondientes a sus reas de actuacin, determinando las actuaciones a realizar.
- Desplegar los objetivos asignados a sus reas de actuacin, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros, y estableciendo las correcciones necesarias en la gestin.
- Proponer la organizacin operativa de sus reas de actuacin y definir los sistemas internos de trabajo.
- Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de sus reas de actuacin.
- Coordinar las actuaciones en sus reas de actuacin en relacin con las dems reas, cuando hayan de intervenir varias en un procedimiento.
- Proponer el desarrollo normativo en sus reas de actuacin.
- Proponer la articulacin de subvenciones en materias propias de la Direccin.
- Dictar los actos administrativos correspondientes para la ejecucin de las funciones a ellos atribuidas.
- Iniciar y resolver los expedientes sancionadores relativos a infracciones tipificadas como leves y graves. Les corresponde adems la instruccin de los expedientes sancionadores. Todo ello con
excepcin de los que corresponden a las Delegaciones Territoriales de Administracin Industrial. - Resolver recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Proceder a la gestin, liquidacin, administracin y cobro en periodo voluntario de las tasas y precios pblicos respecto a las actividades o servicios que deban prestar.
- Elaborar dictmenes, informes y estudios en las reas funcionales de la Direccin.
- Resolver las solicitudes del derecho de acceso a la informacin pblica.
- Definir en el rea de su competencia, y en coordinacin con la Direccin de Servicios, los objetivos establecidos en el Plan para la normalizacin del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantacin y evaluacin.
- Definir en su mbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autnoma de Euskadi, as como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestin integrada de las polticas en materia de igualdad de mujeres y hombres, en coordinacin con la Direccin de Servicios.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurdico vigente o tengan el carcter de comunes por venir atribuidas con carcter general a las Directoras y Directores del Gobierno.










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