• Direccin de Tecnologa e Innovacin

Direccin de Tecnologa e Innovacin

REAS / FUNCIONES

La Direccin de Tecnologa e Innovacin, adems de las sealadas en el artculo 7 del presente Decreto, realizar las siguientes funciones:

  1. Proponer las directrices y orientaciones estratgicas de la poltica de competitividad y de la poltica de I+D+i, incluyendo el diseo y desarrollo de los planes de competitividad en lo que se refiere a la mejora de la I+D+i y especficamente, en lo que se refiere a la innovacin empresarial, as como la elaboracin de los informes de seguimiento y evaluacin de estos planes.
  2. Coordinar la elaboracin de los planes de gestin internos y de los informes de seguimiento de los mismos.
  3. Ejecutar las medidas de coordinacin necesarias para la elaboracin y aplicacin de las polticas de la Unin Europea, en especial de la poltica de competencia y de la poltica de I+D+i, as como canalizar las relaciones de los rganos del Departamento con las Instituciones de la Unin Europea, sin perjuicio de las competencias que corresponden a otros rganos.
  4. Elaborar estudios, informes y propuestas de actuaciones encaminadas a disear nuevos instrumentos para la mejora de la I+D+i, incluida la innovacin empresarial en materia organizacional y de negocio y cualesquiera otros en el mbito interinstitucional dentro de las materias de competencia de esta Direccin.
  5. Elaborar, ejecutar y evaluar programas de actuacin del Departamento en materia de I+D+i, de apoyo y financiacin de proyectos de I+D+i, incluida la innovacin empresarial, organizacional y de negocio.
  6. Elaborar y desarrollar de planes de sensibilizacin, divulgacin y formacin en materia de innovacin.
  7. Gestionar los programas derivados del Plan de Ciencia, Tecnologa e Innovacin que corresponden a la Viceconsejera de Tecnologa, Innovacin y Transformacin Digital y coordinar las actividades que deriven de los mismos con los Departamentos afectados.
  8. Promover y participar en las acciones vinculadas a la creacin e implantacin en el territorio de infraestructuras estratgicas tecnolgicas e innovadoras vinculadas a la poltica de ciencia y tecnologa del Pas Vasco.
  9. Elaborar y ejecutar programas para el fomento de la creacin y consolidacin de infraestructuras tecnolgicas eficientes al servicio de la mejora de la competitividad industrial.
  10. Llevar a cabo el anlisis, evaluacin y seguimiento de proyectos de investigacin tecnolgica y de proyectos de innovacin.
  11. Fomentar la transferencia tecnolgica entre las empresas y las entidades oferentes de tecnologa.
  12. Apoyar la formacin, captacin y desarrollo de personal investigador.
  13. Ser rgano de relacin con los Agentes Cientfico Tecnolgicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnologa e Innovacin, as como con los foros de encuentro interinstitucionales en materia de tecnologa e innovacin.
  14. Gestionar el Registro Pblico de Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnologa e Innovacin.
  15. Apoyar la consolidacin del Consorcio Cientfico-Tecnolgico Vasco ? Basque Research and Technology Alliance, BRTA.

Artculo 7.? Directoras y Directores del Departamento.

Corresponde a las Directoras y a los Directores del Departamento, bajo la dependencia directa y jerrquica de la Viceconsejera o Viceconsejero correspondiente, o de la Consejera en el caso del Director o Directora de Gabinete y Comunicacin y del Director o Directora de Servicios, el ejercicio de las siguientes atribuciones generales:

  1. Desarrollar las polticas de gestin pblica correspondientes a sus reas de actuacin, determinando las actuaciones a realizar.
  2. Desplegar los objetivos asignados a sus reas de actuacin, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros, y estableciendo las correcciones necesarias en la gestin.
  3. Proponer la organizacin operativa de sus reas de actuacin y definir los sistemas internos de trabajo.
  4. Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de sus reas de actuacin.
  5. Coordinar las actuaciones en sus reas de actuacin en relacin con las dems reas, cuando hayan de intervenir varias en un procedimiento.
  6. Proponer el desarrollo normativo en sus reas de actuacin.
  7. Proponer la articulacin de subvenciones en materias propias de la Direccin.
  8. Dictar los actos administrativos correspondientes para la ejecucin de las funciones a ellos atribuidas.
  9. Iniciar y resolver los expedientes sancionadores relativos a infracciones tipificadas como leves y graves. Les corresponde adems la instruccin de los expedientes sancionadores. Todo ello con
    excepcin de los que corresponden a las Delegaciones Territoriales de Administracin Industrial.
  10. Resolver recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
  11. Proceder a la gestin, liquidacin, administracin y cobro en periodo voluntario de las tasas y precios pblicos respecto a las actividades o servicios que deban prestar.
  12. Elaborar dictmenes, informes y estudios en las reas funcionales de la Direccin.
  13. Resolver las solicitudes del derecho de acceso a la informacin pblica.
  14. Definir en el rea de su competencia, y en coordinacin con la Direccin de Servicios, los objetivos establecidos en el Plan para la normalizacin del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantacin y evaluacin.
  15. Definir en su mbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autnoma de Euskadi, as como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestin integrada de las polticas en materia de igualdad de mujeres y hombres, en coordinacin con la Direccin de Servicios.
  16. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurdico vigente o tengan el carcter de comunes por venir atribuidas con carcter general a las Directoras y Directores del Gobierno.

Datos de contacto

Direccin

Donostia-San Sebastin, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
lava
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CARGOS

Alberto Fernandez Gonzalez
(06/03/2021 - 26/06/2024) Director de Tecnologa e Innovacin

ENTIDADES RELACIONADAS

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La Direccin de Tecnologa e Innovacin, adems de las sealadas en el artculo 7 del presente Decreto, realizar las siguientes funciones:

  1. Proponer las directrices y orientaciones estratgicas de la poltica de competitividad y de la poltica de I+D+i, incluyendo el diseo y desarrollo de los planes de competitividad en lo que se refiere a la mejora de la I+D+i y especficamente, en lo que se refiere a la innovacin empresarial, as como la elaboracin de los informes de seguimiento y evaluacin de estos planes.
  2. Coordinar la elaboracin de los planes de gestin internos y de los informes de seguimiento de los mismos.
  3. Ejecutar las medidas de coordinacin necesarias para la elaboracin y aplicacin de las polticas de la Unin Europea, en especial de la poltica de competencia y de la poltica de I+D+i, as como canalizar las relaciones de los rganos del Departamento con las Instituciones de la Unin Europea, sin perjuicio de las competencias que corresponden a otros rganos.
  4. Elaborar estudios, informes y propuestas de actuaciones encaminadas a disear nuevos instrumentos para la mejora de la I+D+i, incluida la innovacin empresarial en materia organizacional y de negocio y cualesquiera otros en el mbito interinstitucional dentro de las materias de competencia de esta Direccin.
  5. Elaborar, ejecutar y evaluar programas de actuacin del Departamento en materia de I+D+i, de apoyo y financiacin de proyectos de I+D+i, incluida la innovacin empresarial, organizacional y de negocio.
  6. Elaborar y desarrollar de planes de sensibilizacin, divulgacin y formacin en materia de innovacin.
  7. Gestionar los programas derivados del Plan de Ciencia, Tecnologa e Innovacin que corresponden a la Viceconsejera de Tecnologa, Innovacin y Transformacin Digital y coordinar las actividades que deriven de los mismos con los Departamentos afectados.
  8. Promover y participar en las acciones vinculadas a la creacin e implantacin en el territorio de infraestructuras estratgicas tecnolgicas e innovadoras vinculadas a la poltica de ciencia y tecnologa del Pas Vasco.
  9. Elaborar y ejecutar programas para el fomento de la creacin y consolidacin de infraestructuras tecnolgicas eficientes al servicio de la mejora de la competitividad industrial.
  10. Llevar a cabo el anlisis, evaluacin y seguimiento de proyectos de investigacin tecnolgica y de proyectos de innovacin.
  11. Fomentar la transferencia tecnolgica entre las empresas y las entidades oferentes de tecnologa.
  12. Apoyar la formacin, captacin y desarrollo de personal investigador.
  13. Ser rgano de relacin con los Agentes Cientfico Tecnolgicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnologa e Innovacin, as como con los foros de encuentro interinstitucionales en materia de tecnologa e innovacin.
  14. Gestionar el Registro Pblico de Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnologa e Innovacin.
  15. Apoyar la consolidacin del Consorcio Cientfico-Tecnolgico Vasco ? Basque Research and Technology Alliance, BRTA.

Artculo 7.? Directoras y Directores del Departamento.

Corresponde a las Directoras y a los Directores del Departamento, bajo la dependencia directa y jerrquica de la Viceconsejera o Viceconsejero correspondiente, o de la Consejera en el caso del Director o Directora de Gabinete y Comunicacin y del Director o Directora de Servicios, el ejercicio de las siguientes atribuciones generales:

  1. Desarrollar las polticas de gestin pblica correspondientes a sus reas de actuacin, determinando las actuaciones a realizar.
  2. Desplegar los objetivos asignados a sus reas de actuacin, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros, y estableciendo las correcciones necesarias en la gestin.
  3. Proponer la organizacin operativa de sus reas de actuacin y definir los sistemas internos de trabajo.
  4. Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de sus reas de actuacin.
  5. Coordinar las actuaciones en sus reas de actuacin en relacin con las dems reas, cuando hayan de intervenir varias en un procedimiento.
  6. Proponer el desarrollo normativo en sus reas de actuacin.
  7. Proponer la articulacin de subvenciones en materias propias de la Direccin.
  8. Dictar los actos administrativos correspondientes para la ejecucin de las funciones a ellos atribuidas.
  9. Iniciar y resolver los expedientes sancionadores relativos a infracciones tipificadas como leves y graves. Les corresponde adems la instruccin de los expedientes sancionadores. Todo ello con
    excepcin de los que corresponden a las Delegaciones Territoriales de Administracin Industrial.
  10. Resolver recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
  11. Proceder a la gestin, liquidacin, administracin y cobro en periodo voluntario de las tasas y precios pblicos respecto a las actividades o servicios que deban prestar.
  12. Elaborar dictmenes, informes y estudios en las reas funcionales de la Direccin.
  13. Resolver las solicitudes del derecho de acceso a la informacin pblica.
  14. Definir en el rea de su competencia, y en coordinacin con la Direccin de Servicios, los objetivos establecidos en el Plan para la normalizacin del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantacin y evaluacin.
  15. Definir en su mbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autnoma de Euskadi, as como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestin integrada de las polticas en materia de igualdad de mujeres y hombres, en coordinacin con la Direccin de Servicios.
  16. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurdico vigente o tengan el carcter de comunes por venir atribuidas con carcter general a las Directoras y Directores del Gobierno.

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Alberto Fernandez Gonzalez
(06/03/2021 - 26/06/2024) Director de Tecnologa e Innovacin

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