• Direccin de Planificacin y Organizacin

Direccin de Planificacin y Organizacin

REAS / FUNCIONES

  1. Adems de las funciones genricas correspondientes a las direcciones del Departamento, la Direccin de Planificacin y Organizacin tiene atribuidas las siguientes funciones y reas de actuacin:
    1. Elaborar las propuestas normativas que ordenen y regulen en el mbito de nuestras competencias todo lo referido a la formacin profesional en el sistema educativo.
    2. Elaborar las propuestas normativas de desarrollo de los diseos curriculares que conforman los ciclos formativos de la formacin profesional.
    3. La iniciacin y tramitacin de los procedimientos de creacin, transformacin y supresin de unidades y centros docentes pblicos y privados de formacin profesional.
    4. Promover la participacin de los distintos sectores educativos y productivos en la vida de los centros de formacin profesional.
    5. Definir los mdulos bsicos de espacios, instalaciones y equipamiento precisos para la formacin profesional en el sistema educativo asociada a cada ttulo de formacin profesional.
    6. Establecer los instrumentos que permitan la constante adecuacin de la oferta formativa a las demandas cambiantes de cualificacin del entorno productivo y social.
    7. Fomentar la corresponsabilidad de los agentes sociales para que colaboren en la implantacin de una oferta de formacin dual en rgimen de alternancia en sus centros de trabajo, generando una cultura de coparticipacin en la formacin profesional que relacione el sistema educativo y el productivo.
    8. Articular un sistema de seguimiento y evaluacin de la formacin profesional dual a desarrollar en las empresas con la formacin en centros de trabajo.
    9. Asegurar una estructura organizativa de los centros pblicos de formacin profesional, que permita dar respuesta a todas las funciones y tareas encomendadas.
    10. Informar sobre la propuesta de planificacin de los centros privados de formacin profesional para la convocatoria de conciertos educativos.
    11. Elaborar la relacin de puestos de trabajo de personal docente de formacin profesional en funcin de las necesidades y prioridades de la Viceconsejera de Formacin Profesional y atendiendo a las dotaciones previstas presupuestariamente.
    12. Planificar y establecer las acciones necesarias para el desarrollo e implantacin de los programas de formacin profesional del sistema educativo.
    13. Planificar las acciones para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en coordinacin con el Departamento de Trabajo y Empleo.
  2. En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento e Educacin tendrn una dependencia funcional de la Direccin de Planificacin y Organizacin.

Direcciones.

Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habr un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Direccin de Gabinete del Consejero o Consejera, depender directa y jerrquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educacin:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la direccin.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
  3. Proponer a los rganos de los que dependan los planes o programas de actuacin en las materias atribuidas a su competencia.
  4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las reas atribuidas a su competencia.
  5. La contratacin, autorizacin y la aprobacin del gasto y el control en la correcta ejecucin de los contratos menores de su rea de actuacin, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposicin Adicional Segunda.
  6. Definir en su mbito los objetivos del Plan de Normalizacin Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestin integrada del euskera en colaboracin con las jefaturas de servicio de cada direccin; todo ello bajo la coordinacin de la Direccin de Rgimen Jurdico y Servicios en colaboracin con la Viceconsejera de Poltica Lingstica.
  7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurdico vigente o tengan el carcter de comunes por venir atribuidas con carcter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Direccin

Donostia-San Sebastin, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
lava
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CARGOS

Nicolas Sagarzazu Alzua
(10/09/2020 - 26/06/2024) Director de Planificacin y Organizacin

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  1. Adems de las funciones genricas correspondientes a las direcciones del Departamento, la Direccin de Planificacin y Organizacin tiene atribuidas las siguientes funciones y reas de actuacin:
    1. Elaborar las propuestas normativas que ordenen y regulen en el mbito de nuestras competencias todo lo referido a la formacin profesional en el sistema educativo.
    2. Elaborar las propuestas normativas de desarrollo de los diseos curriculares que conforman los ciclos formativos de la formacin profesional.
    3. La iniciacin y tramitacin de los procedimientos de creacin, transformacin y supresin de unidades y centros docentes pblicos y privados de formacin profesional.
    4. Promover la participacin de los distintos sectores educativos y productivos en la vida de los centros de formacin profesional.
    5. Definir los mdulos bsicos de espacios, instalaciones y equipamiento precisos para la formacin profesional en el sistema educativo asociada a cada ttulo de formacin profesional.
    6. Establecer los instrumentos que permitan la constante adecuacin de la oferta formativa a las demandas cambiantes de cualificacin del entorno productivo y social.
    7. Fomentar la corresponsabilidad de los agentes sociales para que colaboren en la implantacin de una oferta de formacin dual en rgimen de alternancia en sus centros de trabajo, generando una cultura de coparticipacin en la formacin profesional que relacione el sistema educativo y el productivo.
    8. Articular un sistema de seguimiento y evaluacin de la formacin profesional dual a desarrollar en las empresas con la formacin en centros de trabajo.
    9. Asegurar una estructura organizativa de los centros pblicos de formacin profesional, que permita dar respuesta a todas las funciones y tareas encomendadas.
    10. Informar sobre la propuesta de planificacin de los centros privados de formacin profesional para la convocatoria de conciertos educativos.
    11. Elaborar la relacin de puestos de trabajo de personal docente de formacin profesional en funcin de las necesidades y prioridades de la Viceconsejera de Formacin Profesional y atendiendo a las dotaciones previstas presupuestariamente.
    12. Planificar y establecer las acciones necesarias para el desarrollo e implantacin de los programas de formacin profesional del sistema educativo.
    13. Planificar las acciones para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en coordinacin con el Departamento de Trabajo y Empleo.
  2. En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento e Educacin tendrn una dependencia funcional de la Direccin de Planificacin y Organizacin.

Direcciones.

Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habr un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Direccin de Gabinete del Consejero o Consejera, depender directa y jerrquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educacin:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la direccin.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
  3. Proponer a los rganos de los que dependan los planes o programas de actuacin en las materias atribuidas a su competencia.
  4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las reas atribuidas a su competencia.
  5. La contratacin, autorizacin y la aprobacin del gasto y el control en la correcta ejecucin de los contratos menores de su rea de actuacin, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposicin Adicional Segunda.
  6. Definir en su mbito los objetivos del Plan de Normalizacin Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestin integrada del euskera en colaboracin con las jefaturas de servicio de cada direccin; todo ello bajo la coordinacin de la Direccin de Rgimen Jurdico y Servicios en colaboracin con la Viceconsejera de Poltica Lingstica.
  7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurdico vigente o tengan el carcter de comunes por venir atribuidas con carcter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Direccin

Donostia-San Sebastin, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
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Nicolas Sagarzazu Alzua
(10/09/2020 - 26/06/2024) Director de Planificacin y Organizacin

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