- Direccin de Atencin de Emergencias y Meteorologa
Direccin de Atencin de Emergencias y Meteorologa
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Seguridad > Viceconsejera de Seguridad
REAS / FUNCIONES
- Corresponde a la Direccin de Atencin de Emergencias y Meteorologa, en el mbito de la proteccin civil y emergencias, la ejecucin y el cumplimiento de las misiones y competencias del Departamento de Seguridad en tales materias. Concretamente, le corresponde:
- Elaborar, implantar, revisar y actualizar los planes de proteccin civil de la competencia del Gobierno Vasco, as como cooperar con otras administraciones, a travs de los instrumentos previstos en el ordenamiento, en el impulso y redaccin de otros planes de emergencia que afecten al territorio de Euskadi.
- Elaborar y mantener el inventario y mapa de riesgos presentes en Euskadi.
- Coordinar la red de informacin y alerta de proteccin civil.
- Gestionar el registro de planes de autoproteccin de Euskadi; promover y divulgar la autoproteccin, y realizar, en colaboracin con otras instituciones, programas de informacin a la poblacin sobre riesgos y formas de responder ante emergencias.
- Realizar prcticas y simulacros de emergencia dentro del marco de las competencias del Gobierno Vasco.
- Gestionar el Centro de Coordinacin de Emergencias de Euskadi y el servicio telefnico de atencin de urgencias 1-1-2.
- Elaborar las tcticas operativas y dirigir las actuaciones para su tratamiento y la coordinacin de los recursos operativos.
- Fomentar la disponibilidad de medios y recursos de respuesta a situaciones de emergencia.
- Promocionar la creacin de redes de apoyo a los servicios de emergencias y proteccin civil mediante la colaboracin ciudadana en organizaciones de voluntariado.
- Impulsar el desarrollo de los currculos formativos de los diferentes niveles profesionales de la gestin de emergencias, as como promover su cualificacin profesional mediante la creacin recursos didcticos y la colaboracin con la Academia Vasca de Polica y Emergencias.
- Desarrollar las medidas necesarias para garantizar la atencin ante incidentes en aguas territoriales correspondientes al litoral martimo, y la ejecucin de la legislacin en materia de salvamento martimo.
- Ejercer la potestad sancionadora en materia de proteccin civil y emergencias en los trminos previstos en dicha normativa.
- En el mbito de la meteorologa le corresponde, a travs de la agencia vasca de meteorologa adscrita a esta Direccin:
- Planificar y coordinar los servicios meteorolgicos de titularidad propia y sus infraestructuras, as como la red ocano-hidro-meteorolgica y de la calidad de informacin de la red.
- Vigilar el tiempo atmosfrico y efectuar el anlisis y prediccin meteorolgica.
- Elaborar y gestionar la informacin meteorolgica oficial y desarrollar productos de informacin meteorolgica destinados a servicios pblicos como proteccin civil o seguridad vial, u otros productos especficos para sectores y actividades econmicas especficas en los que la meteorologa tenga especial relevancia.
Funciones de carcter general para todas las Direcciones del Departamento
Al frente de cada una de las Direcciones del Departamento habr un Director o Directora, a los que, con carcter general, les corresponder:
- Desarrollar las polticas de gestin pblica correspondientes a sus reas de actuacin, acometiendo los planes y programas a realizar.
- Desplegar los objetivos asignados a sus reas de actuacin, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros y estableciendo las correcciones necesarias en la gestin.
- Proponer la organizacin operativa de sus reas de actuacin y definir los sistemas internos de trabajo.
- Programar, impulsar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de sus reas de actuacin.
- Mantener las relaciones necesarias para articular la concurrencia de sus reas de actuacin con otras en un procedimiento.
- La resolucin de los recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Definir, en su mbito, los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autnoma de Euskadi, as como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestin integrada de las polticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboracin con las jefaturas de servicio de su Direccin; todo ello, bajo la coordinacin de las funciones atribuidas a la Direccin de Gabinete del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad y en colaboracin con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
- Definir, en su mbito, los objetivos del Plan de Normalizacin Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestin integrada del euskera en colaboracin con las jefaturas de servicio de su Direccin; todo ello, bajo la coordinacin de la Viceconsejera de Administracin y Servicios y en colaboracin con la Viceconsejera de Poltica Lingstica.
- Analizar y proponer criterios lingsticos en las convocatorias de subvenciones, en el marco de las medidas de promocin del uso del euskera que correspondan al Departamento y hacer seguimiento de los mismos en los campos de actuacin de la Direccin, tales como: criterios de traduccin, formacin general continua del personal, nombramientos oficiales y eventos pblicos organizados por el Departamento.
La contratacin pblica ha de desarrollarse de acuerdo con las instrucciones y principios aprobados por Consejo de Gobierno en el Acuerdo de fecha 26 de abril de 2016, por el que se aprueban las Instrucciones por las que se establecen los principios generales para la incorporacin del uso y del conocimiento del euskera en la contratacin incluida en el mbito de la legislacin de contratos del sector pblico que se lleve a cabo por la Administracin Pblica de la CAE. - No obstante las facultades que corresponden al Director/a de Gestin Econmica y Recursos Generales en materia de autorizacin de gasto y contratacin, los Directores o Directoras sern competentes, dentro del rgimen de fondos anticipados vigente, para la autorizacin y aprobacin de los gastos de funcionamiento necesarios que en sus correspondientes reas procedan.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurdico vigente o tengan el carcter de comunes por venir atribuidas con carcter general a los Directores o las Directoras del Gobierno.
Datos de contacto
Direccin
Portal de Foronda, 41
01010 Vitoria-Gasteiz
lava
Telfono/s
Correo/s electrnico/s
CARGOS
Joseba M. Zorrilla Ibaez
(20/01/2024 - 26/06/2024) Director de Atencin de Emergencias y Meteorologa
Ricardo Ituarte Azpiazu
(08/06/2022 - 19/01/2024) Director de Atencin de Emergencias y Meteorologa
Direccin de Atencin de Emergencias y Meteorologa
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Seguridad > Viceconsejera de Seguridad
reas / Funciones
Datos de contacto
Cargos
Entidades relacionadas
REAS / FUNCIONES
- Corresponde a la Direccin de Atencin de Emergencias y Meteorologa, en el mbito de la proteccin civil y emergencias, la ejecucin y el cumplimiento de las misiones y competencias del Departamento de Seguridad en tales materias. Concretamente, le corresponde:
- Elaborar, implantar, revisar y actualizar los planes de proteccin civil de la competencia del Gobierno Vasco, as como cooperar con otras administraciones, a travs de los instrumentos previstos en el ordenamiento, en el impulso y redaccin de otros planes de emergencia que afecten al territorio de Euskadi.
- Elaborar y mantener el inventario y mapa de riesgos presentes en Euskadi.
- Coordinar la red de informacin y alerta de proteccin civil.
- Gestionar el registro de planes de autoproteccin de Euskadi; promover y divulgar la autoproteccin, y realizar, en colaboracin con otras instituciones, programas de informacin a la poblacin sobre riesgos y formas de responder ante emergencias.
- Realizar prcticas y simulacros de emergencia dentro del marco de las competencias del Gobierno Vasco.
- Gestionar el Centro de Coordinacin de Emergencias de Euskadi y el servicio telefnico de atencin de urgencias 1-1-2.
- Elaborar las tcticas operativas y dirigir las actuaciones para su tratamiento y la coordinacin de los recursos operativos.
- Fomentar la disponibilidad de medios y recursos de respuesta a situaciones de emergencia.
- Promocionar la creacin de redes de apoyo a los servicios de emergencias y proteccin civil mediante la colaboracin ciudadana en organizaciones de voluntariado.
- Impulsar el desarrollo de los currculos formativos de los diferentes niveles profesionales de la gestin de emergencias, as como promover su cualificacin profesional mediante la creacin recursos didcticos y la colaboracin con la Academia Vasca de Polica y Emergencias.
- Desarrollar las medidas necesarias para garantizar la atencin ante incidentes en aguas territoriales correspondientes al litoral martimo, y la ejecucin de la legislacin en materia de salvamento martimo.
- Ejercer la potestad sancionadora en materia de proteccin civil y emergencias en los trminos previstos en dicha normativa.
- En el mbito de la meteorologa le corresponde, a travs de la agencia vasca de meteorologa adscrita a esta Direccin:
- Planificar y coordinar los servicios meteorolgicos de titularidad propia y sus infraestructuras, as como la red ocano-hidro-meteorolgica y de la calidad de informacin de la red.
- Vigilar el tiempo atmosfrico y efectuar el anlisis y prediccin meteorolgica.
- Elaborar y gestionar la informacin meteorolgica oficial y desarrollar productos de informacin meteorolgica destinados a servicios pblicos como proteccin civil o seguridad vial, u otros productos especficos para sectores y actividades econmicas especficas en los que la meteorologa tenga especial relevancia.
Funciones de carcter general para todas las Direcciones del Departamento
Al frente de cada una de las Direcciones del Departamento habr un Director o Directora, a los que, con carcter general, les corresponder:
- Desarrollar las polticas de gestin pblica correspondientes a sus reas de actuacin, acometiendo los planes y programas a realizar.
- Desplegar los objetivos asignados a sus reas de actuacin, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros y estableciendo las correcciones necesarias en la gestin.
- Proponer la organizacin operativa de sus reas de actuacin y definir los sistemas internos de trabajo.
- Programar, impulsar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de sus reas de actuacin.
- Mantener las relaciones necesarias para articular la concurrencia de sus reas de actuacin con otras en un procedimiento.
- La resolucin de los recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Definir, en su mbito, los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autnoma de Euskadi, as como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestin integrada de las polticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboracin con las jefaturas de servicio de su Direccin; todo ello, bajo la coordinacin de las funciones atribuidas a la Direccin de Gabinete del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad y en colaboracin con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
- Definir, en su mbito, los objetivos del Plan de Normalizacin Lingstica en vigor, as como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestin integrada del euskera en colaboracin con las jefaturas de servicio de su Direccin; todo ello, bajo la coordinacin de la Viceconsejera de Administracin y Servicios y en colaboracin con la Viceconsejera de Poltica Lingstica.
- Analizar y proponer criterios lingsticos en las convocatorias de subvenciones, en el marco de las medidas de promocin del uso del euskera que correspondan al Departamento y hacer seguimiento de los mismos en los campos de actuacin de la Direccin, tales como: criterios de traduccin, formacin general continua del personal, nombramientos oficiales y eventos pblicos organizados por el Departamento.
La contratacin pblica ha de desarrollarse de acuerdo con las instrucciones y principios aprobados por Consejo de Gobierno en el Acuerdo de fecha 26 de abril de 2016, por el que se aprueban las Instrucciones por las que se establecen los principios generales para la incorporacin del uso y del conocimiento del euskera en la contratacin incluida en el mbito de la legislacin de contratos del sector pblico que se lleve a cabo por la Administracin Pblica de la CAE. - No obstante las facultades que corresponden al Director/a de Gestin Econmica y Recursos Generales en materia de autorizacin de gasto y contratacin, los Directores o Directoras sern competentes, dentro del rgimen de fondos anticipados vigente, para la autorizacin y aprobacin de los gastos de funcionamiento necesarios que en sus correspondientes reas procedan.
- Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurdico vigente o tengan el carcter de comunes por venir atribuidas con carcter general a los Directores o las Directoras del Gobierno.
Datos de contacto
Direccin
Portal de Foronda, 41
01010 Vitoria-Gasteiz
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Joseba M. Zorrilla Ibaez
(20/01/2024 - 26/06/2024) Director de Atencin de Emergencias y Meteorologa
Ricardo Ituarte Azpiazu
(08/06/2022 - 19/01/2024) Director de Atencin de Emergencias y Meteorologa











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